Nuevos decretos de vivienda: qué cambia, qué medidas incluyen y cuándo tendrá que votarlos la Diputación Permanente

El Gobierno ha vuelto a aprobar los dos reales decretos-ley rechazados la pasada semana en el Congreso. El primero incluye medidas sobre desahucios, alquileres, fiscalidad y vivienda pública; el segundo regula la renovación automática de los contratos.

El Gobierno ha aprobado de nuevo los dos reales decretos-ley de vivienda que fueron rechazados el pasado viernes en el Congreso, manteniendo la esencia de los textos anteriores pero incorporando algunas modificaciones. Tras la disolución de las Cortes por la convocatoria electoral, ambos deberán ser sometidos a la Diputación Permanente del Congreso, que asumirá esta votación durante el periodo electoral. Markdown pegado

Por ahora no existe una fecha concreta para esa votación. Los decretos deberán ser sometidos a la Diputación Permanente dentro del plazo de 30 días desde su publicación en el BOE. Markdown pegado

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El primer decreto tendría más opciones de salir adelante

La Diputación Permanente está formada por 69 miembros. Si se mantienen las posiciones expresadas en la última votación del Congreso, el primer decreto contaría con 35 apoyos frente a 34 votos en contra.

Ese bloque favorable estaría formado por PSOE, Sumar, ERC, Bildu, PNV y Podemos, mientras que PP, Vox y Junts sumarían los 34 votos contrarios. Markdown pegado

La situación sería distinta para el segundo decreto, centrado en la renovación automática de los contratos de alquiler, porque el PNV también votó en contra. De repetirse esas posiciones, el resultado sería de 34 votos a favor y 35 en contra. Markdown pegado

10.000 millones para facilitar la compra de primera vivienda

Entre las novedades anunciadas por el Gobierno figura el mecanismo ‘Tu Casa’, con préstamos de hasta 50.000 euros para primera vivienda y una dotación global de 10.000 millones de euros.

También se incorpora un fondo de impacto social de 400 millones de euros para impulsar vivienda promovida por proveedores sociales y destinada a alquiler asequible. Markdown pegado

Más controles sobre el alquiler y los grandes tenedores

Los nuevos textos endurecen las condiciones para determinadas operaciones de compra especulativa por parte de los llamados fondos ‘buitre’.

Además, la publicidad y oferta de viviendas en alquiler deberá informar, cuando corresponda, del índice de referencia del precio del alquiler, de los límites de renta aplicables y de la condición de gran tenedor del propietario. Markdown pegado

Las viviendas de la Tesorería General de la Seguridad Social pasarán además a la empresa pública Casa 47 para destinarlas a alquiler asequible. Markdown pegado

Primer decreto: desahucios, alquileres, fiscalidad y vivienda pública

El primer decreto amplía hasta el 31 de diciembre de 2030 la protección frente a determinados desahucios cuando la persona afectada sea vulnerable, no tenga alternativa habitacional y la Administración no le haya ofrecido una solución adecuada.

También contempla compensaciones para propietarios en determinados casos, aunque excluye de ese mecanismo a las entidades consideradas fondos ‘buitre’. Markdown pegado

El texto limita además hasta el 31 de diciembre de 2028 determinadas adquisiciones de vivienda por parte de fondos ‘buitre’ cuando pretendan comprar por debajo del 70% de su valor de tasación, con algunas excepciones. Markdown pegado

Prórrogas de alquiler de hasta dos años

Los inquilinos podrán solicitar una prórroga extraordinaria de hasta dos años para determinados contratos de vivienda habitual cuya prórroga obligatoria o tácita finalice antes del 31 de diciembre de 2028.

También se recoge la posibilidad de abandonar el contrato una vez transcurridos al menos seis meses, con 30 días de preaviso y sin tener que pagar indemnización al propietario. Markdown pegado

Límites a la actualización de los alquileres

Hasta el 31 de diciembre de 2027 se limita la actualización de las rentas.

Cuando el alquiler supere el límite máximo del índice de referencia no podrá actualizarse y, en el resto de casos, la subida podrá alcanzar hasta el 2%. Markdown pegado

Más regulación para alquileres de temporada y por habitaciones

Los contratos de temporada deberán acreditar una causa real que justifique su carácter temporal. Tendrán una duración superior a 31 días y, como regla general, no podrán superar los 12 meses.

En el alquiler por habitaciones, la suma de todas las rentas no podrá superar el precio que correspondería por alquilar la vivienda completa. En las zonas tensionadas también deberán respetarse los límites previstos por la normativa de vivienda. Markdown pegado

Deducciones para inquilinos e incentivos para propietarios

El primer decreto establece reducciones en el IRPF de hasta el 100% para determinados propietarios que reduzcan el precio del alquiler y cumplan las condiciones previstas.

También crea una deducción del 10% en el IRPF para determinados inquilinos con una base imponible inferior a 33.007,20 euros anuales, con límites diferentes según el nivel de ingresos. Markdown pegado

Recargos en el IBI para viviendas vacías y turísticas

Los ayuntamientos de municipios situados en zonas de mercado residencial tensionado podrán establecer recargos sobre determinadas viviendas vacías.

El recargo podrá alcanzar el 50%, subir al 100% en determinados casos y llegar hasta el 150% cuando concurran las condiciones previstas para varios inmuebles destinados a uso turístico. Markdown pegado

Segundo decreto: contratos de alquiler con renovación automática

El segundo decreto establece que, una vez terminado el periodo inicial del contrato, el alquiler se prorrogará automáticamente por periodos sucesivos de cinco años, o de siete años cuando el propietario sea una persona jurídica, salvo que exista una causa justificada para no renovarlo. Markdown pegado

El propietario podrá recuperar la vivienda en determinados supuestos, entre ellos cuando exista una necesidad acreditada de utilizarla como vivienda habitual para sí mismo o para determinados familiares. Markdown pegado

Si el propietario quiere poner fin al contrato sin causa justificada, deberá indemnizar al inquilino con hasta 12 mensualidades, en los términos previstos por la norma. Markdown pegado

El segundo decreto podría no entrar en vigor

El propio texto establece que este segundo decreto solo entrará en vigor si es convalidado por la Diputación Permanente.

Con las posiciones conocidas hasta ahora, su aprobación resultaría complicada, ya que el rechazo del PNV se sumaría al de PP, Vox y Junts.

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