LOCAL

El PP presenta una enmienda a la ordenanza del impuesto de vehículos requiriendo más bonificaciones ante la actual situación

Los populares argumentan la enmienda ante la situación económica y social que fruto de la pandemia viven los benaventanos

El Grupo de concejales del PP en el Ayuntamiento de Benavente ha registrado una enmienda a la ya sexta modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de vehículos de tracción mecánica que se lleva al Pleno de este viernes con el fin de que se atiendan el incremento de bonificaciones ante la actual situación.

En la enmienda propuesta se argumenta que ante «la situación económica y social de excepcional necesidad que fruto de la pandemia están viviendo los benaventanos, las familias, para cubrir sus necesidades básicas, las empresas y autónomos para garantizar su sostenibilidad, así como el mantenimiento de los negocios de Benavente y de los puestos de trabajo, así como la previsión de que puedan empeorar el próximo año, basándonos en los indicadores de la actividad económica que se van conociendo en todo el país, entendemos que se debe de realizar un esfuerzo por parte del Ayuntamiento de Benavente en su política tributaria, dirigido a que las familias, empresas y autónomos dispongan de mayor liquidez, ayudándoles cuando más lo necesitan; e igualmente fomentando de forma decidida la adquisición de vehículos de baja o nulas emisiones en apoyo en la lucha contra el cambio climático».

El Grupo del Partido Popular aduce, además, que «ello contribuirá también de forma decidida a reactivar el negocio de la venta de automóviles en Benavente, ayudando a las empresas y, si aumentan las ventas, también a que aumenten los ingresos del Ayuntamiento por todos los conceptos relativos a la adquisición y uso de vehículos»

Las modificaciones propuestas consisten en, además de la bonificación del 75% de los vehículos eléctricos o de emisiones nulas, añadir en el artículo 6. Bonificaciones un punto recogiendo la “BONIFICACIÓN DEL 50% A LOS VEHÍCULOS HÍBRIDOS, sobre la cuota del impuesto incrementada por el coeficiente recogido en el artículo 4º de la presente ordenanza, los vehículos de motor eléctrico y/o de emisiones nulas, entendiendo por híbridos aquellos que utilizan como energía motriz la combinación de un motor eléctrico y otro de explosión”.

También se trataría de modificar el artículo 6.3 BONIFICACIÓN ESTABLECIDA PARA LOS VEHÍCULOS AUTOMÓVILES EN LA CLASE DE TURISMO O ASIMILADOS CUYAS EMISIONES OFICIALES DE DIÓXIDO DE CARBONO (CO2) NO SUPEREN LA TASA DE 95 G/KM, estableciendo una bonificación del 25% para este tipo de vehículos desde su primera matriculación y sin límite de tiempo.

Modificación del artículo 6.4., contemplando el hecho de que si Ayuntamiento tuviera constancia cierta de que un determinado vehículo cumple el requisito requerido tanto para los vehículos eléctricos, híbridos o la establecida para emisiones que no superen la tasa de 95 g/km., concederá de oficio la bonificación, comunicándolo al usuario para que tenga conocimiento de la aplicación automática de la misma.

Modificación del Artículo 5. Exenciones, en sus apartados, de forma que la bonificación del 100% del IVTM recogida para vehículos turismos o equiparados que tengan una antigüedad mínima de 25 años, si el Ayuntamiento tuviera constancia cierta de que un determinado vehículo cumple el requisito requerido (comprobada la información remitida por la Dirección General de Tráfico al Ayuntamiento, se verificará que, a la fecha del devengo del impuesto, concurre el requisito de antigüedad), conceda de oficio la bonificación.

La Comisión Informativa de Hacienda celebrada el pasado 26 de octubre dictaminó con los votos a favor de PSOE (8) y GRUPO MIXTO IU (1), la modificación de la Ordenanza del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica eliminando la bonificación del 25% contemplada para los vehículos híbridos, sin límite de tiempo, recogida en la Ordenanza actualmente en vigor. Y establece una bonificación de tipo decreciente y limitada a cuatro años, para los vehículos turismo o asimilados cuyas emisiones oficiales de dióxido de carbono (CO2) no superen la tasa de 95 g/km, de forma que el primer año se bonificase con un 25%, el segundo con el 15%, el tercero con el 10% y el cuarto con un 5%. A partir de dicho año se elimina la bonificación a este tipo de vehículos.

Igualmente, el Grupo Popular propone modificaciones relativas a garantizar estos derechos, en los casos de la aplicación de las bonificaciones de vehículos catalogados como históricos, vehículos eléctricos, híbridos o que superen en sus emisiones la tasa de 95 g/km, cuando el Ayuntamiento tenga constancia cierta de que un determinado vehículo cumple los requisitos requeridos, eliminando la obligación impuesta a los usuarios de solicitar la aplicación de dicha bonificación.

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