El Servicio de Empleo de la Junta anula las ayudas cofinanciadas por la Unión Europea con cargo al Fondo Social Europeo Plus (FSE+)

Dejan sin efecto la convocatoria de subvenciones y las solicitudes presentadas con anterioridad a la resolución publicada hoy en el Bocyl, se procederá a su archivo sin más trámite

El presidente del Servicio Público de Empleo de Castilla y León (SECyL), de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo de la Junta de Castilla y León, ha dejado sin efecto, a través de una Resolución publicada esta mañana en el BOCyL la convocatoria de subvenciones, cofinanciadas por la Unión Europea con cargo a las ayudas del Fondo Social Europeo Plus (FSE+), en el Programa de Orientación, Formación e Inserción (OFI) para el año 2023.

Con la Resolución de fecha de 14 de junio se dejan sin efecto todos los actos administrativos derivados de la aplicación de la citada resolución. Las solicitudes presentadas con anterioridad a la presente resolución, se procederá a su archivo sin más trámite, por haber quedado sin objeto su pretensión, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El SECyL justifica la medida en base a que en el desarrollo del procedimiento administrativo para el otorgamiento de las subvenciones han surgido una serie de circunstancias sobrevenidas que han devenido finalmente en dificultades técnicas para resolver satisfactoriamente la convocatoria.

Entre dichas circunstancias son especialmente relevantes las que afectan al régimen de financiación de las subvenciones previsto en la convocatoria. En este sentido, conforme a la aprobación de gasto acordada previamente a la convocatoria, el punto 3 del apartado primero de la Resolución de 3 de octubre de 2022 establece un importe total de 11.000.000 euros destinados a financiar las subvenciones del Programa OFI, con cargo a los créditos de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para los años 2023 y 2024, posicionados en las aplicaciones presupuestarias 08.23.241B02.77076 y 08.23.241B02.780A3. El carácter limitativo de dicha aprobación de gasto, a la que se vincula la convocatoria publicada, determina la imposibilidad técnica de incrementar con recursos adicionales las cuantías presupuestarias destinadas a financiar estas subvenciones y de posicionarlos en aquellas partidas que permitan la existencia de crédito adecuado y suficiente para atender solicitudes de subvención de un volumen y una tipología más amplia de beneficiarios.

Asimismo, también resultan trascendentes las circunstancias que derivan de los cambios normativos operados como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, de la modificación de diversos preceptos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, así como, de la aprobación del Programa FSE+ de Castilla y León 2021-2027 por Decisión de ejecución de la Comisión, de 2 de diciembre de 2022, y de la publicación de la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, por la que se regula la oferta formativa del sistema de Formación profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales efectuada por las administraciones competentes, se establecen bases reguladoras, así como las condiciones para su financiación. Los citados cambios, que afectan tanto al régimen jurídico que ampara la convocatoria, como al tratamiento de numerosos y variados aspectos regulados en la misma, aconsejan por su alcance una apropiada adecuación normativa de aquella. Así lo refiere el Bocyl.

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