
Cuando se cumplen 22 días de la dimisión del alcalde pedáneo de Santa Marta de Tera, el pasado 6 de mayo, como adelantó en exclusiva Benavente Digital, todavía está en el aire quién ocupará las riendas de la Junta Vecinal de esta Entidad Local Menor.
Más aún, la Diputación de Zamora ha preguntado a la Junta Electoral Central sobre qué entidad política corresponde proponer al alcalde-pedáneo Gestor. Esta es la consulta que, a finales de la semana pasada, realizó el Servicio de Asistencia a Municipios a la Junta Electoral Central con sede en el Congreso de los Diputados, como ha podido saber este medio.
Hace ahora un año renunciaba al puesto de alcalde pedáneo y gestor de esta Entidad Local Menor Manuel Isaac Fadón Guerra y un año después, el pasado 6 de mayo, lo hacía su sucesor, el también popular José Esteban Vega Melgar.
La Junta Vecinal de esta Entidad Local Menor de Santa Marta de Tera la constituyen 3 miembros, según el resultado de los últimos comicios electorales salían elegidos dos vocales del Partido Popular, Manuel Fadón y José Esteban y un vocal del PSOE, César Colinas.
Ante la renuncia del presidente o primer vocal y, posteriormente, de su suplente, será la Diputación Provincial la que tendrá que elegir quien se hará cargo de las riendas de esta Junta Vecinal en base a la legislación vigente.
Consulta a los partidos con representación en los últimos comicios
El artículo 1, apartado 2 del Real Decreto 608/1988 de 10 de junio, por el que se regula la constitución de Comisión Gestora de ámbito territorial inferior al Municipio, indica que será la Junta Electoral Central la que determine la entidad política a quien corresponde proponer al alcalde-pedáneo Gestor. Este artículo 1 en su apartado 2 refiere asi: «La determinación del número de miembros de la Comisión Gestora que corresponde a cada partido, federación, coalición o agrupación de electores se llevará a cabo por la Junta Electoral de Zona, y de haber concluido ésta su mandato, por la Junta Electoral Central, aplicando el procedimiento establecido en el artículo 163 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, Régimen Electoral General, de conformidad con los resultados de las últimas elecciones para el Ayuntamiento en la Sección o Secciones constitutivas de la Entidad de ámbito territorial inferior al municipio afectada». Más aún, «La designación de los miembros de la Comisión Gestora se realizará por la Diputación Provincial, oídos previamente los representantes de cada partido, federación, coalición o agrupación citados».
No obstante, suenan nombres entre el vecindario, según ha podido conocer este medio, alguno de ellos vinculado a mandatos anteriores.
El caso es que Santa Marta de Tera se encuentra sin una dirección que gestione sus asuntos, ya que aunque forme parte del Ayuntamiento de Camarzana de Tera, goza de estatus jurídico propio al ser una Entidad Local Menor. En el calendario inmediato se encuentran las inminentes fiestas de San Antonio de Padua, el 13 de junio. Una organización festiva que está al albur de contar con un gestor y, lo que es más, de afrontar los gastos.






