¿Dinero perdido o dinero ahorrado? Lo que revelan los documentos sobre los puntos limpios de Benavente

El Ayuntamiento devolverá 15.695,88 euros de una subvención europea después de ejecutar y pagar las obras por un importe inferior al previsto. Los documentos oficiales explican el motivo del reintegro.

El Ayuntamiento de Benavente reintegrará 15.695,88 euros a la Junta de Castilla y León correspondientes a una subvención europea destinada a mejorar los puntos limpios municipales. Sin embargo, la devolución no responde a la pérdida de la ayuda ni a la falta de ejecución de las obras, sino a que las actuaciones se realizaron por un importe inferior al dinero inicialmente concedido.

Así se desprende de la documentación oficial del expediente de contratación y del Decreto municipal 2026/2459, firmado el 2 de octubre, que acredita que los trabajos fueron ejecutados, certificados y abonados a la empresa adjudicataria.

La operación responde al procedimiento de justificación de las subvenciones públicas: cuando el coste subvencionable finalmente acreditado es inferior a la cantidad anticipada, el importe no utilizado debe reintegrarse a la administración que concedió la ayuda.

Las obras se adjudicaron por menos dinero del presupuestado

El 19 de noviembre de 2025, la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León concedió al Ayuntamiento de Benavente una subvención directa de 100.430 euros, financiada mediante fondos europeos NextGenerationEU.

La ayuda estaba destinada a las actuaciones de mejora y adecuación de los dos puntos limpios municipales, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Posteriormente, el Ayuntamiento tramitó la contratación de las obras mediante un procedimiento abierto simplificado.

Según el anuncio oficial de licitación publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, el presupuesto de salida se estableció en 86.186,12 euros, IVA incluido, una cifra que ya era inferior a la subvención concedida.

La contratación permitió reducir todavía más ese importe. La empresa Construcciones P. Sánchez Rodríguez, S.L. resultó adjudicataria por 84.734,12 euros, IVA incluido, lo que supone una rebaja de 1.452 euros respecto al presupuesto de licitación.

Por tanto, el coste de las obras fue inferior tanto al presupuesto por el que salieron a concurso como a los fondos que la Junta había anticipado al Ayuntamiento.

El decreto municipal confirma que las obras están ejecutadas y pagadas

El aspecto determinante aparece recogido en el Decreto 2026/2459, que aprueba el reintegro voluntario de la cantidad sobrante.

La resolución señala expresamente que la empresa adjudicataria ejecutó las actuaciones y que se formalizó la certificación final y de liquidación por importe de 84.734,12 euros.

Asimismo, el documento confirma que la memoria económica justificativa acredita la ejecución económica de las obras, el reconocimiento de la obligación y el pago al contratista.

De esta manera, los 15.695,88 euros que deben devolverse no corresponden a obras pendientes de realizar ni a una subvención retirada, sino a la diferencia entre los 100.430 euros anticipados y los 84.734,12 euros finalmente ejecutados y justificados.

El propio decreto municipal atribuye el remanente al menor coste efectivo de la actuación como consecuencia de la contratación realizada.

¿Por qué hay que devolver el dinero si las obras se han realizado?

La explicación está en el funcionamiento de las subvenciones públicas.

Cuando una administración recibe financiación para una actuación concreta, debe justificar los gastos realmente realizados y subvencionables. Si finalmente necesita menos dinero del inicialmente anticipado, la cantidad no aplicada no puede considerarse automáticamente un ingreso disponible para otros fines.

En este caso, el Ayuntamiento recibió por adelantado el 100 % de la ayuda, pero el coste justificado de las obras fue inferior.

Por ello, siguiendo las indicaciones de la Dirección General de Infraestructuras y Sostenibilidad Ambiental de la Junta de Castilla y León, el Consistorio aprobó el reintegro voluntario del remanente.

La diferencia es fundamental: devolver dinero que no ha sido necesario gastar no equivale a perder una subvención por incumplimiento.

Una devolución que no supone, por sí misma, una irregularidad

La documentación examinada no recoge que el Ayuntamiento haya sido sancionado, que se le haya revocado la ayuda por incumplimiento o que haya tenido que devolver cantidades destinadas a obras que no se ejecutaron.

Lo que recoge es una resolución de reintegro voluntario del importe no aplicado, una vez acreditado el coste final de las actuaciones.

La subvención permitió financiar las obras de mejora y adecuación de los puntos limpios de Benavente y, al resultar su ejecución más económica que la financiación recibida, el Ayuntamiento debe devolver el excedente.

Por tanto, la cifra de 15.695,88 euros es correcta, pero resulta imprescindible explicar su origen para no confundir una devolución de fondos sobrantes con la pérdida de una ayuda pública.

Ver más
Onda Benavente 95.4 FM - La radio que más te gusta

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Botón volver arriba