LOCAL

Demoledora sentencia judicial contra el Ayuntamiento de Benavente sobre el convenio de basuras con Astorga

El Juzgado Contencioso declara nulo de pleno derecho el decreto del alcalde que inadmitía el recurso de reposición del Grupo Popular

El Juzgado Contencioso Administrativo ha declarado nulo de pleno derecho, revocándolo y dejándolo sin efecto, el decreto del Ayuntamiento de Benavente de 23 de mayo de 2022 por el que se acordaba inadmitir el recurso de reposición contra el acuerdo plenario de 25 de mazo que aprueba el convenio entre los Ayuntamientos de Benavente y Astorga y la sociedad mercantil Ecoastúrica s.l. para la prestación puntual del servicio de recogida de basuras. Los portavoces populares, Beatriz Asensio y José Manuel Salvador, lo anunciaban esta mañana en rueda de prensa resaltando el nuevo varapalo judicial a las decisiones arbitrarias del alcalde limitando los derechos de los concejales de la oposición.

Ha sido el pasado 7 de octubre cuando el Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Zamora ha dictado sentencia favorable al grupo municipal del PP estimando el recurso contencioso presentado ante este Tribunal contra la inadmisión del recurso de reposición contra el acuerdo del Pleno por el que se aprobaba el convenio de colaboración entre el Ayuntamiento y Ecoastúrica, s.l. para la recogida de basura.

Cabe recordar que en su día el equipo de gobierno (PSOE/IU) inadmitió el recurso de los populares sobre la base de que el recurso se dirigía al alcalde y no al Pleno como órgano competente, otorgando al PP un plazo de dos meses para recurrirlo, en su caso, ante el Juzgado. El PP consideró que era lesivo para sus derechos al no darle la tramitación adecuada y es ahora cuando el Juzgado «le da un claro tirón de orejas al Ayuntamiento y en concreto al alcalde», advierte Beatriz Asensio, la portavoz del grupo municipal del PP.

Beatriz Asensio señalando la sentencia

En la sentencia se refiere con claridad que «no entiende esta juzgadora como el alcalde del Ayuntamiento de Benavente procede a inadmitir el recurso de reposición en lugar de remitirlo al Pleno, fijando el orden del día en el que se incluya dicho recurso y que se tramita y resuelva previos los informes preceptivos. Ni mucho menos que, tras inadmitir el recurso, se actúe correctamente y se tramite dando resultado al acuerdo de Pleno de 30 de septiembre». Más aún, la Magistrado Juez del Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Zamora señala que «esta falta de adecuación de la actuación del Ayuntamiento al procedimiento legalmente establecido ha generado no solo una vulneración de la norma causante de la indefensión (no es hasta que se conoce por el Ayuntamiento la interposición del presente recurso contencioso-administrativo cuando procede a tramitar correctamente el recurso de reposición interpuesto, comparando las fechas de los informes y de cuándo tuvo conocimiento del pleito) que no puede ser subsanada por la posterior actuación del Ayuntamiento».

Beatriz Asensio quiso recordar en su comparecencia esta mañana ante los medios los descalificativos que tuvieron que soportar los concejales del PP, entre otros del concejal de Personal (PSOE), señor Mariño, en la última sesión plenaria del pasado 30 de septiembre. «Ahora se ha dictado esta sentencia cuyas frases literales merece la pena reproducir», apostilló Asensio leyendo el Fallo judicial

La portavoz popular quiso también poner énfasis en los «cinco meses de retraso deliberado, cercenando los derechos de los concejales, incumpliendo la Ley una vez más, obligándonos a ir a los tribunales para no pronunciarse en vía administrativa. No se puede gobernar el Ayuntamiento como si fuera un cortijo», sentenció Beatriz Asensio apuntando además a que el Ayuntamiento de Benavente ha sido condenado a pagar las costas judiciales del procedimiento que suman 400 euros más el IVA a lo que se añadirían los honorarios profesionales de abogado y propcurador. «Gastos que pagamos todos los benaventanos», dijo Asensio.

Por su parte el concejal popular José Manuel Salvador hacía hincapié esta mañana en el fallo de la propia juzgadora reflejando en la sentencia la actuación del alcalde de Benavente. «La propia jueza se ha dado cuenta de cómo actúa el alcalde de Benavente y así lo refleja en la sentencia tirándole de las orejas».

El Fallo judicial no entra a valorar el fondo de la cuestión, tanto la retroactividad del convenio suscrito con el Ayuntamiento de Astorga, como la cesión del camión de basuras y de personal, ya que el Juez se limita a valorar si el acto recurrido, el decreto del alcalde, es o no conforme a derecho.

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