LOCAL

El PP pide información sobre la gestión del funcionamiento de las cámaras de video vigilancia

Este grupo municipal requiere conocer el resultado de las incidencias detectadas y medidas a adoptar

El grupo municipal del Ayuntamiento de Benavente, a través de su portavoz Beatriz Asensio, y a raíz de la puesta en funcionamiento de las cámaras de video vigilancia en zonas preferentemente peatonales, ha registrado un escrito solicitando copias de los informes emitidos por la Policía Local, concejal del Área o cualquier otro que se haya producido, como pueden ser los emitidos por el propio sistema de video vigilancia, referidos a las incidencias que se han venido produciendo desde la puesta en servicio de las seis cámaras.

Del mismo modo, los concejales populares se interesan por las medidas para corregir o impedir que se puedan seguir produciendo infracciones de tráfico que suponen un peligro de atropello a peatones. En el escrito de solicitud de información también se requiere conocer si hay algún agente que tenga asignado el control diario y presencial de dichas cámaras y cómo se lleva a cabo el mismo.

También se solicita información acerca de si cuando se produce alguna de las infracciones mencionadas, especialmente aquellas en las que se ha detectado un elevado exceso de velocidad, como por ejemplo los casos detectados a 77 km/h y 80 km/h en calles peatonales, se ha llevado a cabo alguna actuación por parte de los agentes de Policía Local en el momento de producirse la misma, o con posterioridad y con la inmediatez necesaria, para evitar que vuelva a repetirse durante la jornada.

Se reproduce el escrito registrado en el Ayuntamiento por el Grupo Municipal del PP

El Ayuntamiento de Benavente ha instalado cámaras de vigilancia en diferentes calles de Benavente con “la finalidad de realizar una más eficaz vigilancia del tráfico de vehículos y para lograr un más completo cumplimiento de la normativa vigente en esta materia, se ha entendido adecuado dotar al Cuerpo de la Policía Local de Benavente de una red de cámaras en diversos puntos de la localidad para captar tanto imagen de las vías de circulación como placas de matrícula de los vehículos que por las mismas transiten, creando además un registro de éstas, para detectar, ya sea a tiempo real o a posteriori, infracciones en materias de tráfico y seguridad vial”.

La Policía Local tiene entre sus funciones, Ley Orgánica 2/1986 de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en su artículo 53.1, son competencias de los Ayuntamientos, y son ejercidas a través de los Cuerpos Policía Local : Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación. Instruir atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano.

En un diario de información publicado en el día de la fecha, se recogen informaciones ofrecidas por el Concejal de Seguridad Ciudadana, Fernando Marcos, en relación a 132 incidencias recogidas por las cámaras de vigilancia instaladas por el Ayuntamiento, entre las que menciona, “atravesar la zona cuando no está permitido” o “circular a velocidades por encima de lo permitido”, mencionándose que se han producido 57 infracciones que sobrepasan los 50 km/h, incluso que en un caso se ha circulado a una velocidad de 77 km/h, a pesar de tratarse de vías peatonales.

Igualmente el Concejal reconoce que durante las tres semanas que llevan funcionando las cámaras, “lejos de descender las infracciones, estás están subiendo”, reconociendo la existencia de un “peligro potencial de atropello a peatones”.

SOLICITA:

Copia digitalizada, comunicada/entregada a través de la sede electrónica de los informes emitidos por la Policía Local, Concejal del Área o cualquier otro que se haya producido, como pueden ser los emitidos por el propio sistema de videovigilancia, referido a las incidencias mencionadas por el Concejal Fernando Marcos y recogidas en el medio de comunicación.

Copia digitalizada, comunicada/entregada a través de la sede electrónica de las medidas que se hayan llevado a cabo para corregir o impedir que puedan seguir produciéndose este tipo de infracciones de tráfico, que suponen un peligro de atropello a peatones; órdenes de servicio, instrucciones de la Concejalía o cualquier otro documento.

• Información de si hay algún agente que tenga asignado el control diario y presencial de dichas cámaras y cómo se lleva a cabo el mismo.

• Información sobre si cuando se produce alguna de las infracciones mencionadas, especialmente aquellas en las que se ha detectado un elevado exceso de velocidad, como por ejemplo los casos detectados a 77 km/h y 80 km/h en calles peatonales, se ha llevado a cabo alguna actuación por parte de los agentes de Policía Local en el momento de producirse la misma, o con posterioridad y con la inmediatez necesaria, para evitar que vuelva a repetirse durante la jornada. En dicho caso

SOLICITO copia digitalizada de las instrucciones de actuación que puedan existir al respecto, en el caso de que se hayan emitido, así como de los PARTES DE NOVEDADES EMITIDOS POR LA POLICÍA LOCAL de las fechas en las que se produjeron (excluyendo cualquier mención o dato personal contenido en los mismos) .

Copia digitalizada de las notificaciones realizadas en las infracciones detectadas que superan los 50 km/h.

Copia digitalizada, comunicada/entregada a través de la sede electrónica de las incidencias que se hayan producido, relativas al funcionamiento de los sistemas instalados, que puedan haberse emitido desde el día de su puesta en funcionamiento hasta el día de la fecha.

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