
La Ley de Nietos obligará a justificar el municipio de inscripción mediante la aportación de documentación fehaciente antes de formalizar el alta consular. Esta directriz busca homogeneizar los protocolos que aplican las delegaciones diplomáticas de España en el exterior. La medida persigue dotar de mayor transparencia a la inclusión de nuevos electores en el censo del país. De este modo, el organismo electoral ha dado el visto bueno a la propuesta elaborada por la Oficina del Censo. La iniciativa acaba con las simples declaraciones responsables que se utilizaban hasta la fecha. A partir de ahora, cada solicitante deberá presentar pruebas documentales sobre sus lazos familiares o patrimoniales con la localidad elegida.
Entre los justificantes aceptados figuran partidas de nacimiento, inscripciones del Registro Civil, escrituras de propiedad o recibos del impuesto sobre bienes inmuebles de sus antepasados. Si un ciudadano no señala una localidad concreta, los consulados realizarán la asignación de oficio utilizando los datos archivados.
Garantías en la gestión diplomática y censal
Las autoridades electorales han incluido matices técnicos al borrador original para reforzar las garantías del procedimiento. La norma pretende impedir alteraciones o concentraciones anómalas de votantes sin vinculación real en los diferentes distritos del territorio nacional.
Asimismo, las representaciones consulares publicarán las pautas detalladas en los próximos días para orientar a los descendientes de españoles.






