LOCAL

Quejas por no poder acceder a sus domicilios con sus vehículos en la Avd. Cañada de la Vizana

Denuncian por abusiva la tasa de vados en la Avd. Cañada de la Vizana y solicitan su devolución.

Las reclamaciones al Ayuntamiento por parte de vecinos de la Avd. Cañada de la Vizana que se ven afectados por la celebración del mercadillo semanal, se han reiterado durante años por diferentes causas.

En algún caso incluso se ha llegado a reclamar la devolución del IBI a todos los propietarios de inmuebles en dicha avenida, por entender que sus propiedades sufrirían la pérdida de valor, como consecuencia de las molestias que pudiesen causar la celebración de dicho mercadillo.

La última queja se ha materializado en la solicitud por parte de un vecino de la devolución de la parte proporcional de la tasa de vado, correspondiente a los años que no pudo utilizar el mismo por encontrarse los días de mercado ocupado por puestos de venta ambulante. O bien que se rebajase la cantidad que cobran a los vecinos por los vados.

Ni devolución de la cuota, ni disminución de la cuantía fue el veredicto del alcalde, que desestimó la petición al entender que la autorización concedida puede ser revocada unilateralmente por el Ayuntamiento por razones de interés público, como lo es la celebración del mercadillo. Recordando que no tiene derecho a indemnización alguna.

Lo cierto es que la Ordenanza Municipal que regula la concesión de este tipo de licencias, recoge que la autorización de vado puede ser revocada en cualquier momento sin indemnización alguna, pero por “por necesidades urbanísticas, eventos culturales, festivos o de servicios municipales”, casos en los que difícilmente se encaja la celebración de mercadillos.

Sin embargo, la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas que el Ayuntamiento utiliza para denegar la solicitud al vecino justificando su decisión en razones de interés público, si recoge la posibilidad de que una administración pública pueda revocar una autorización que haya concedido, cuando se impide su utilización “para actividades de mayor interés público”.

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