LOCAL

Relajación del nivel máximo de decibelios en los bares y cafeterías

La Junta de Castilla y León relajará los niveles máximos de ruido permitido en bares y cafeterías que dejarán de tener una limitación específica – 50 decibelios en horario diurno y 40 en nocturno- para vincularse a la normativa general del ruido que no establece una acotación específica para estos locales pero sitúa el ruido interior permitido en los establecimientos comerciales en 55 decibelios.

Así lo recoge al Anteproyecto de Ley de Medidas Tributarias y Administrativas, conocida como ley de acompañamiento a los presupuestos, que establece también un tratamiento similar a las pizzerías, hamburgueserías, bocaterías y otros establecimientos de comida rápida y que lo justifica en la necesidad de “dotar de claridad y coherencia al régimen de espectáculos públicos y actividades recreativas con el régimen normativo en materia de ruido”.

Los establecimientos quedan también sometidos a los niveles sonoros en el exterior que recoge la Ley del Ruido y que van, dependiendo del horario, desde los 45 a los 55 decibelios en las áreas de silencio; de 50 a 61 en las levemente ruidosas; de 55 a 66 en las tolerantemente ruidosas, que son en las que predomina el equipamiento de ocio y actividades recreativas y de 60 a 71 en las ruidosas en aquellas áreas urbanizadas nuevas. En aquellos espacios ya existentes los límites son ligeramente mayores.

Sin embargo, la ley de acompañamiento establece que en las áreas especialmente ruidosas -aquellas afectadas por ruidos de ferrocarril, aéreo o transporte terrestre, se establece por primera vez que no podrán superarse los niveles de sus áreas colindantes. En la ley se clarifican también las obligaciones de aislamiento para garantizar los aislamientos acústicos adecuados, entre otras medidas.

Nuevas competencias

La Ley de Medidas introduce también otras reformas practicas en las competencias y funcionamiento de algunas empresas y sociedades públicas de Castilla y León. Así, por ejemplo, de aprobarse el proyecto el Ente Regional de la Energía tendrá capacidad de gestionar y conceder subvenciones e incentivos a fondo perdido y la Sociedad Pública de Medio Ambiente tendrá entre sus cometidos la realización de trabajos y estudios relacionados con las Tecnologías de la Información y la Comunicación y “la exploración e investigación de yacimientos minerales y recursos geológicos” para su aprovechamiento propio o por terceros.

Apoyo a los sectores

Dentro del apoyo a distintos sectores, el borrador conocido por Ical obliga al establecimiento de una línea de apoyo a la reactivación del comercio minorista de proximidad y a que la Junta transfiera a los entes locales los fondos procedentes de la participación en los tributos de la Comunidad en el primer cuatrimestre del años. También se modifican y simplifican algunos aspectos relativos a las ayudas a las Organizaciones No Gubernamentales para el desarrollo.

Desarrollos urbanos

La Ley reforma también algunas cuestiones vinculadas a los desarrollos urbanos para facilitar el acceso a la financiación europea para actuaciones para la rehabilitación de los barrios eliminando la obligatoriedad de aprobar un instrumento de planeamiento urbanístico para desarrollarlos y limitando la exigencia de un convenio urbanístico específico sólo en los supuestos en los que haya demolición o sustitución de viviendas.

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