
El Ayuntamiento de Benavente llevará a pleno una modificación de las ordenanzas fiscales que regulan los servicios públicos de abastecimiento de agua, alcantarillado, saneamiento y recogida de basuras. El objetivo de estos cambios es aclarar y mejorar los procedimientos para que las personas con menos recursos económicos y las familias numerosas puedan acceder con mayor facilidad a las bonificaciones fiscales ya existentes.
Cambios sin impacto económico, pero con mejoras administrativas
Es importante destacar que esta actualización no supone ningún incremento en las tasas ni altera los beneficios ya reconocidos. Lo que se pretende es evitar ambigüedades legales y administrativas, facilitar la tramitación y reforzar la seguridad jurídica tanto para la ciudadanía como para la propia administración.
Bonificaciones para personas con menos recursos
El artículo 7 de las ordenanzas se ha reformulado para dejar más claros los requisitos y el procedimiento que deben seguir aquellas personas que deseen acogerse a las bonificaciones fiscales. En concreto, se mantiene la bonificación del 80% sobre la cuota para dos colectivos diferenciados: beneficiarios de la Renta Garantizada de Ciudadanía y familias con ingresos reducidos.
En ambos casos, será necesario realizar una solicitud cada año entre el 15 de septiembre y el 15 de noviembre. Será imprescindible presentar documentación como el DNI, la acreditación de la prestación o la declaración de la renta, y estar empadronado al menos 6 meses en la vivienda para la que se solicita la bonificación. También será obligatorio estar al corriente de los pagos municipales.
Ambas bonificaciones son incompatibles entre sí y tendrán una vigencia anual.
Tarifa especial para familias numerosas
El artículo 8 se ha reformulado con el fin de facilitar la gestión de la tarifa reducida para familias numerosas. Para poder acceder a esta bonificación, que también supone una reducción del 80% en la tarifa, será necesario estar en posesión del título oficial de familia numerosa. Además de cumplir otros requisitos como el empadronamiento y convivencia en la vivienda beneficiaria. También se deberá estar al corriente con la Hacienda local y presentar documentación como el contrato de alquiler, el último recibo de agua y un certificado municipal de convivencia.
La bonificación se aplicará a partir del trimestre siguiente a la aprobación de la solicitud y su vigencia estará vinculada a la duración del título de familia numerosa y, en su caso, del contrato de arrendamiento.
Calendario previsto y tramitación
Las modificaciones se debatirán en el Pleno del próximo lunes. Si se aprueban, se someterán a exposición pública durante 30 días, con el fin de que cualquier ciudadano pueda presentar sugerencias o reclamaciones. Si no se presentan alegaciones, se aprobarán de forma definitiva sin necesidad de un nuevo acuerdo y entrarán en vigor el próximo 1 de julio de 2025, tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Una reforma pensada para mejorar sin subir costes
Estas reformas son de carácter técnico y aclaratorio. Su finalidad es hacer más fácil la gestión y el acceso a bonificaciones fiscales ya existentes, evitando confusiones, retrasos o errores. Además, refuerzan la equidad y la transparencia sin suponer impacto económico ni para el Ayuntamiento ni para los ciudadanos.