POLÍTICA

El Grupo Popular en el Ayuntamiento solicita que se firme un convenio con el Estado para la gestión en la ciudad del Ingreso Mínimo Vital

Piden la dotación de los recursos económicos necesarios que permitan disponer de medios y personal para garantizar que, el ingreso a los benaventanos, se pueda realizar de forma ágil

El Partido Popular en el Ayuntamiento de Benavente solicita al Consistorio que se suscriba un convenio con el Estado para la tramitación y gestión del Ingreso Mínimo Vital en la ciudad, así como la dotación de los recursos económicos necesarios que permitan disponer de medios y personal para garantizar que, el ingreso a los benaventanos, se pueda realizar de forma ágil. Los populares benaventanos se hacen eco de la decisión del PP y Ciudadanos en las Cortes de Castilla y León para la tramitación y gestión por parte de la Junta.

Los populares aducen que el día 1 de junio de 2020, se publicó el Real Decreto-Ley, de 29 de mayo, por el que se establecía el ingreso mínimo vital.
En la exposición de motivos del mismo se recoge que “España se encuentra entre los países de laUnión Europea con una distribución de la renta entre hogares más desigual”.


«Los últimos datos ofrecidos por el I.N.E. (Instituto Nacional de Estadística) relativos a la renta de los hogares, en Benavente datos previos a la pandemia reflejan ingresos muy bajos en muchas
familias, un 10,7% menos de 420 € al mes, el 20,4% menos de 625 € mes. La renta media por persona en Benavente es de 9.629 €. Estos datos reflejan una situación altamente preocupante. Y que con seguridad se habrá visto
empeorada como consecuencia de las medidas adoptadas debido a la pandemia, la restricción de la movilidad y la paralización de numerosos sectores de la economía, con el consiguiente efecto negativo para la renta de los hogares, los autónomos y las empresas. Lo que generará el aumento de situaciones de vulnerabilidad y exclusión en Benavente, ya de por si muy elevadas», refieren en la nota remitida.


El Estado ha entendido que para la aplicación del ingreso mínimo vital es necesaria la colaboración de Comunidades Autónomas y Ayuntamientos, dado que conocen mejor la realidad en la que se encuentra la población dentro de su ámbito de competencia. El R.D. recoge que “Con el objeto de facilitar la presentación de la solicitud se habilitarán diferentes canales a disposición de los ciudadanos. Asimismo, se podrán suscribir convenios con las comunidades autónomas y entidades locales para la presentación de las solicitudes e iniciación y tramitación del expediente, por su proximidad y conocimiento de la realidad social de su territorio”.
El artículo 22. Competencia del Instituto Nacional de la Seguridad Social y colaboración interadministrativa establece que: “Las comunidades autónomas y entidades locales podrán iniciar el expediente administrativo cuando suscriban con el Instituto Nacional de la Seguridad Social, en
los términos previstos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el oportuno convenio que les habilite para ello” y que “podrá acordarse que, iniciado el expediente por la respectiva administración, la posterior tramitación y gestión previas a la resolución del expediente se efectúe por la administración que hubiere incoado el procedimiento”.


La tramitación contempla que transcurrido el plazo de tres meses sin resolución expresa, el silencio administrativo será negativo. Es decir, que se entiende como denegada la misma. Este hecho, que afecta a la tramitación del procedimiento para la concesión de un derecho, junto con el ejercicio de la función de supervisión posterior de que se siguen cumpliendo los requisitos, etc., requerirá la colaboración de las entidades locales, tal y como se contempla en el artículo 27 del citado R.D., a fin de que se pueda garantizar el ingreso mínimo vital.

El comunicado del Grupo Popular en el Ayuntamiento concluye asi:

«Dada la situación de necesidad en la que se encuentra una parte muy importante de vecinos y familias en Benavente, la importancia de que por parte del Ayuntamiento de Benavente se lleve a cabo la tramitación de cuantas solicitudes cumplan los requisitos establecidos en la Ley de
forma ágil, para garantizar la percepción de dicha renta, así como el ejercicio de la labor de control posterior que pueda corresponderle, del cumplimiento y mantenimiento de los requisitos establecidos,
y teniendo en cuenta las limitaciones existentes en relación a los Servicios Sociales de Benavente, al no ser esta una competencia local».

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