COMARCA

El Procurador del Común recrimina al Ayuntamiento de Vega de Tera por no atender sus resoluciones

Tomás Quintana López expresa su "malestar" por la falta de respuesta a los reiterados requerimientos de la Alta Institución de la Comunidad

El Ayuntamiento figurará en el informe anual como Administración no colaboradora con la Alta Institución de la Comunidad

El Procurador del Común de Castilla y León, Tomás Quintana López, recrimina al Ayuntamiento de Vega de Tera la ausencia de respuesta a reiterados requerimientos realizados por la Institución.

Más aún, el Alto Comisionado de las Cortes de Castilla y León ha dirigido un escrito, este lunes 9 de agosto, en el que le canta las cuarenta al Ayuntamiento de Vega manifestando «nuestro malestar por la ausencia de contestación a nuestra Resolución». Y ello, «tras haber reiterado en varias ocasiones a la Administración la necesidad de conocer su postura, no hemos recibido respuesta a nuestra Resolución«.

Ante esta situación, la Alta Institución de la Comunidad hará constar esa falta de respuesta en el Registro de Administraciones y Entidades no colaboradoras con la Institución y en el Informe que se presenta anualmente a las Cortes. De este modo, el Ayuntamiento de Vega de Tera figurará en la remisión anual a las Cortes como Administración Pública que no atiende las resoluciones del Procurador del Común, en plena democracia del siglo XXI.

En realidad, son dos las Resoluciones del Procurador del Común, a las que ha hecho caso omiso o no ha atendido en su respuesta el Ayuntamiento de Vega, una de ellas se resolvió este lunes y la otra, como se ha podido conocer en Benavente Digital y Televisión Benavente, en la mañana de este martes.

Los hechos vienen a raíz de las quejas presentadas hace ya cuatros años, con fecha 8 de marzo de 2017, por un vecino de Calzada de Tera, localidad que forma parte del Ayuntamiento de Vega de Tera, cuando este vecino como representante de Nuevoocio Deportivo S.L. presentaba en el registro del Ayuntamiento una solicitud dirigida a la Dirección General del instituto de la Juventud de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, en la que solicitaba participar en el programa campos de trabajo en Castilla y León durante la campaña de verano de 2017. Según exponía este vecino en la reclamación, el interesado desconocía si la solicitud había sido remitida al órgano competente para su resolución. Junto con la reclamación aportaba el reclamante la copia del escrito presentado en el Registro municipal el 12/02/2020 en el que pedía su autor una aclaración sobre ese extremo, sin que constara la emisión de la respuesta.

El Procurador del Común escribía al Ayuntamiento de Vega de Tera en este sentido literal: «debe dar respuesta formal a la solicitud presentada con fecha 12/02/2020 por un ciudadano conforme dispone la Ley 30/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas».

La segunda Resolución del Procurador del Común se refiere al uso de locales municipales indicando que se deben resolver las peticiones de uso de locales de titularidad municipal «motivando las que denieguen la autorización y en todo caso notificar las mismas a los solicitantes». Para ello, Tomás Quintana López sugiere la posibilidad de iniciar un expediente para aprobar un Reglamento de uso de los locales.

Esta Resolución del Procurador del Común obedecía a la solicitud efectuada en febrero de 2020 para utilizar las aulas dedicadas a actividades culturales en Calzada de Tera por parte de la escuela de Animación Juvenil de ocio y tiempo Libre «Nuevoocio Deportivo S.L.» durante los días 3 a 8 de abril, 22 a 26 de abril y del 1 al 31 de julio de ese año. La desestimación se realizó en Pleno del 10 de febrero de 2020 «sin que la decisión fuese comunicada al solicitante». Y la razón invocada en la sesión plenaria para denegar el uso al solicitante era que las aulas se utilizaban por el taller de costura o por la asociación cultural. Una circunstancia que era rechazada por el vecino argumentando que el uso solicitado podría compatibilizarse con estas actividades, argumentando que el taller de costura ocupaba el aula solo un día por la tarde y la asociaicón no tenía inconveniente en coordinarse con la entidad solicitante para utilizarla; añadía, además, que existía otra aula que llevaba cerrada nueve años, sin uso alguno.

En una Resolución demoledora para el Ayuntamiento de Vega de Tera, el Procurador del Común requirió «el cumplimiento de la Ley resolviendo peticiones del uso de locales, motivando las que denieguen la autorización y, en todo caso, notificar las mismas a los solicitantes«.

Ante estos hechos, en el Informe Anual que el Procurador del Común presentará en las Cortes de Castilla y León figurará el Ayuntamiento de Vega de Tera como Administración no colaboradora con la Alta Institución.

Plaza de Calzada de Tera, al fondo se alza el edfifico de las antiguas escuelas, donde se hallan los locales sociales

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