LOCAL

La Ordenanza Cívica de Benavente se modifica por segunda vez y sigue prohibiendo el riego de plantas en balcones y terrazas por la noche

Las nuevas revisiones afectan al uso de envases de cristal en la vía pública y a la limpieza de solares

En el Pleno de este viernes 25 de marzo del Ayuntamiento de Benavente se lleva nuevamente a modificación la ordenanza cívica tras cuatro meses del cambio realizado. Algunos de los contenidos a modificar vienen ya contemplados en la legislación de Castilla y León. No obstante, con esta última revisión se sigue manteniendo la prohibición de regar plantas en terrazas y balcones entre las 23 horas y las 8 de la mañana y ello con sanciones por su incumplimiento que van desde los 750 euros a los 3.000 euros dependiendo de su tipificación leve, grave o muy grave.

Con esta modificación de la ordenanza que el viernes va a Pleno, sus redactores la justifican en base a adaptarse a la legislación vigente «y evitar interpretaciones ambiguas». Se quiere remarcar la excepcionalidad sobre el uso de vasos y botellas de cristal en la vía pública, «incidiendo en que esta excepción sólo puede ser cuando los recipientes no sean cristal». De este modo, el artículo 11 de la Ordenanza Cívica quedará así: «No se permitirá la venta ni el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, salvo terrazas, veladores, lugares autorizados, y en las circunstancias que puedan contemplar autorizaciones extraordinarias para manifestaciones populares, ferias y fiestas patronales y locales». Y el artículo 24.2 de la Ordenanza quedará asi: «Utilizar vasos y botellas de cristal en la vía pública, salvo las bebidas dispensadas en veladores y terrazas, así como dejarlos abandonados en la misma. Como excepción durante las fiestas o actuaciones que puedan celebrarse, sólo se permite sacar de los locales las bebidas que sean servidas en recipientes de plástico. En ambos casos se considera responsable subsidiario al titular del establecimiento».

Del mismo modo, se modifica el artículo que regula el mantenimiento y limpieza de solares estableciendo la obligación de cumplir con las condiciones mínimas de seguridad, salubridad, ornato y habitabilidad en los solares no edificados. La finalidad de la modificación consiste en extender ese deber general al resto de bienes inmuebles.

De este modo, sigue vigente la prohibición de regar las macetas de terrazas y balcones en horario nocturno y al salir el sol, desde las 23 horas a las 8 de la mañana, y la persona que realice estas operaciones está obligada a que el agua no se vierta a la vía pública. También sigue vigente la prohibición de instalar macetas o cualquier otro elemento en las repisas de las ventanas o balcones sin la protección adecuada, por el peligro que puedan suponer para los transeúntes».

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Botón volver arriba

Adblock Detectado

Por favor, considere apoyarnos mediante la desactivación de su bloqueador de anuncios. Gracias.