Nuevas normas de la DGT desde hoy: así cambian las reglas para patinetes, bicicletas y motos

El Real Decreto 518/2026 entra en vigor este 1 de octubre y modifica el Reglamento General de Circulación con nuevas obligaciones para usuarios vulnerables, normas específicas en atascos, nieve y vehículos inmovilizados.

Las nuevas normas de la DGT entran en vigor este jueves 1 de octubre de 2026. La reforma fue aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, y publicada en el Boletín Oficial del Estado el pasado 26 de junio. La norma modifica el Reglamento General de Circulación con el objetivo de reforzar la protección de peatones, ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal, motoristas y otros colectivos considerados vulnerables.

El propio Real Decreto 518/2026 publicado en el BOE establece expresamente el 1 de octubre de 2026 como fecha de entrada en vigor. Entre las novedades aparecen nuevas exigencias para los patinetes eléctricos, cambios en los adelantamientos a ciclistas, obligaciones para los motoristas y nuevas reglas para situaciones de congestión o nieve.

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Patinetes eléctricos: casco obligatorio y edad mínima de 15 años

Uno de los principales bloques de las nuevas normas de la DGT afecta a los vehículos de movilidad personal, entre ellos los patinetes eléctricos.

Desde este 1 de octubre se establece una edad mínima de 15 años para conducir un VMP y pasa a ser obligatorio utilizar un casco de protección homologado o certificado correctamente abrochado.

También será obligatorio utilizar elementos luminosos o reflectantes durante la noche o cuando existan condiciones de escasa visibilidad. En el caso de quienes utilicen estos vehículos para una actividad profesional, como determinados repartidores, será obligatorio llevar casco y chaleco reflectante en todo momento.

Hay, sin embargo, un matiz importante respecto al alumbrado: aunque el reglamento establece que los VMP deberán llevarlo siempre encendido, la obligación de utilizarlo durante el día no será exigible hasta el 1 de octubre de 2027. Por tanto, no entra plenamente en vigor hoy esa exigencia diurna.

Fuera de los núcleos urbanos, los patinetes seguirán sin poder circular por autopistas, autovías, travesías o vías interurbanas ordinarias, aunque la reforma permite su utilización en vías ciclistas, carriles bici, pistas bici, sendas ciclables y otras vías donde esté prohibida la circulación de vehículos a motor, siempre que la señalización no lo impida.

Cambios para los ciclistas y para quienes los adelanten

La reforma modifica también las normas que afectan a las bicicletas. En vías interurbanas, la DGT establece el casco obligatorio para todos los ciclistas y elimina las exenciones que existían hasta ahora.

Uno de los cambios más relevantes afecta a los conductores de vehículos a motor cuando adelanten a un ciclista fuera de poblado. Durante toda la maniobra tendrán que circular al menos 20 km/h por debajo del límite máximo de la vía y mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros.

Cuando la carretera disponga de más de un carril en el mismo sentido, será obligatorio realizar un cambio completo de carril para efectuar el adelantamiento.

En vías urbanas se introduce además una distancia de seguridad mínima de cinco metros entre un vehículo a motor y el ciclista que circule delante por el mismo carril. Los ciclistas podrán circular preferentemente por el centro del carril y los ayuntamientos podrán autorizar, mediante señalización, la circulación de bicicletas en ambos sentidos en determinadas calles limitadas a 30 km/h o menos.

Estas medidas se incorporan a un contexto de mayor vigilancia de la seguridad vial también en Benavente, donde durante este año la Policía Local se ha sumado a distintas campañas de control coordinadas por la DGT.

Guantes y calzado cerrado para los motoristas

Los conductores de motocicletas y ciclomotores también afrontan nuevas obligaciones.

Desde este 1 de octubre, los guantes de protección serán obligatorios en vías interurbanas y deberá utilizarse calzado cerrado en cualquier tipo de vía.

Además, las motocicletas deberán llevar a bordo un chaleco reflectante de alta visibilidad, según la modificación introducida en el Reglamento General de Vehículos.

Para quienes utilicen motocicletas o ciclomotores profesionalmente será obligatorio utilizar casco y chaleco reflectante en todo momento.

La reforma introduce también una posibilidad demandada durante años por parte del colectivo motorista: las motocicletas podrán circular por el arcén derecho en situaciones de congestión, pero únicamente en los tramos específicamente habilitados y señalizados, a una velocidad máxima de 30 km/h y circulando en columna de uno.

Por tanto, no se trata de una autorización general para utilizar el arcén siempre que haya atasco.

Qué cambia en los atascos

La reforma introduce formalmente el denominado carril de emergencia en situaciones de retención.

Cuando los vehículos circulen a paso de peatón o permanezcan detenidos, deberán apartarse para dejar un espacio libre destinado al paso de servicios prioritarios.

En vías con dos carriles, los vehículos deberán desplazarse hacia ambos lados para abrir un corredor central.

Cuando existan tres carriles, los vehículos del carril izquierdo deberán desplazarse hacia la izquierda y los de los carriles central y derecho hacia la derecha. De esta forma, el corredor quedará abierto entre el carril izquierdo y el central.

Nieve en autopistas y autovías

También cambia la circulación cuando la nieve dificulte el tráfico en autopistas y autovías.

En estas circunstancias estará prohibido adelantar y los vehículos deberán circular por el carril situado más a la derecha, dejando libres los carriles de la izquierda para los vehículos de emergencia y las máquinas quitanieves.

En carreteras con tres o más carriles por sentido podrá utilizarse también el carril contiguo al derecho, manteniendo despejados los restantes.

Nueva protección al rebasar un vehículo inmovilizado

Los conductores deberán extremar también las precauciones cuando encuentren un vehículo inmovilizado por una avería, accidente o por trabajos de auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico.

Al rebasarlo deberán mantener una distancia lateral mínima de 1,5 metros y reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite establecido en esa vía.

La medida está destinada a aumentar la protección de conductores, ocupantes, operarios de asistencia y trabajadores que puedan encontrarse junto al vehículo detenido.

Las autocaravanas ya tienen reglas estatales de estacionamiento

El nuevo reglamento incorpora por primera vez unas condiciones específicas de estacionamiento para autocaravanas y otros vehículos acondicionados como vivienda.

Para que el vehículo pueda considerarse estacionado no podrá extender elementos que sobrepasen su perímetro, deberá descansar únicamente sobre sus neumáticos —aunque podrán utilizarse calzos o cuñas de seguridad— y no podrá verter fluidos procedentes del habitáculo.

La reforma establece así un marco estatal para diferenciar determinadas condiciones del estacionamiento respecto a otras actividades propias de la acampada.

También cambian algunas normas para peatones

El Real Decreto incorpora además varias medidas dirigidas a los peatones.

Como regla general, en los pasos regulados por semáforo ya no podrá coincidir una luz ámbar intermitente para los vehículos con una luz verde fija para los peatones.

Además, en las calles de plataforma única los peatones tendrán prioridad y se introduce dentro del reglamento la figura de los caminos escolares seguros.

La Dirección General de Tráfico ha publicado un resumen oficial de las nuevas normas que entran en vigor este 1 de octubre, con los principales cambios para VMP, bicicletas, motocicletas, peatones y circulación general.

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