El Ayuntamiento de Benavente, a quien compete la resolución del procedimiento sancionador, se ha visto obligado a anular el cobro de 22 sanciones tramitadas por el incumplimiento de la obligación o uso inadecuado de mascarillas, al no haberlas notificado a los interesados en plazo. El decreto de Alcaldía anula 21 sanciones de 60 euros y 1 de 100 euros.
Las funciones inspectoras le corresponden a las Administraciones Públicas y, de forma específica, correspondía a cada Ayuntamiento la vigilancia, el control y, en su caso, denuncia, del posible incumplimiento por los ciudadanos de la obligación del uso de las mascarillas o uso inadecuado de las mismas en las vías, lugares públicos, espacios al aire libre y en los vehículos, cuando el uso sea obligatorio, dentro de su término municipal. Si bien la mayor parte de las sanciones elevadas fueron realizadas por Agentes de la Autoridad pertenecientes a la Guardia Civil.
La cantidad que el Ayuntamiento dejará de cobrar por este concepto asciende a 1.360 euros. Ya que la Ley establece una sanción de 100 euros para estas multas, pero tienen una reducción del 40% si se reconoce la sanción y se abonan en un plazo de 10 días, quedando por tanto en 60 euros. De ahí que surja la duda en relación a la cantidad final que dejará de cobrar el Ayuntamiento ya que, al no haberse notificado, ni pagado, resulta incomprensible que se produzca la reducción de la cantidad y el importe real de la sanción.