Anuladas 128 sanciones a zamoranos por incumplimientos durante el estado de alarma

La Subdelegación del Gobierno ha archivado los expedientes sancionadores ante la Sentencia del Tribunal Constitucional declarando nulos los preceptos por los que se regían las sanciones

Un total de 128 expedientes sancionadores a otros tantos zamoranos han sido anulados por incumplimiento de los
apartados 1, 3 o 5 del artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. El artículo 7 se refería a la limitación de la libertad de circulación de las personas.

Desde el Ministerio del Interior se cursaron instrucciones a las Delegaciones del Gobierno, en las que se consideraba que el incumplimiento de tales preceptos constituía desobediencia a las órdenes del Gobierno y su inobservancia subsumida dentro de la infracción grave del artículo 36.6 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección
de la Seguridad Ciudadana.

A raíz de la Sentencia del Tribunal Constitucional, Pleno, número 148/2021, de 14 de julio, que estimó parcialmente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaraba el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se llegó a declarar como inconstitucionales y nulos los apartados 1, 3 y 5 de su artículo 7.

En Resoluciones de la Subdelegación del Gobierno en Zamora se acuerdan finalizar los procedimientos sancionadores con el archivo de las actuaciones seguidas en los mismos. En dos Resoluciones, una de fecha 14 de enero se acuerda archivar 80 expedientes y, en otra más, de fecha 17 de enero, otros 48 expedientes sancionadores.

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