COMARCA

Arcos de la Polvorosa y Barcial del Barco, únicos municipios de la provincia con medidas «excepcionalísimas»

Salen de la relación Castrillo de la Guareña, Rabanales, Faramontanos de Tábara, Fresno de la Ribera y El Cubo de Tierra del Vino

Los municipios de Arcos de la Polvorosa y de Barcial del Barco son los únicos en la provincia de Zamora con medidas «excepcionalísimas» a partir del 7 de febrero. Entra a formar parte Arcos de la Polvorosa, se mantiene Barcial y salen de esta relación los de Castrillo de la Guareña, Rabanales, Faramontanos de Tábara, Fresno de la Ribera y El Cubo de Tierra del Vino.

El Consejo de Gobierno ha actualizado hoy el listado de municipios en la Comunidad -salen 38 y entran 10 nuevos- en los que se aplican medidas preventivas agravadas con el objetivo de reforzar la prevención y el control en aquellas localidades en las que la actual gravedad pandémica, reflejada en los indicadores sanitarios, hace necesarias nuevas iniciativas para frenar la transmisión comunitaria del SARS-CoV-2.

La Junta ha aprobado hoy en Consejo de Gobierno extraordinario y telemático los veinticinco municipios castellanos y leoneses en los que se aplicarán las medidas excepcionalísimas que refuerzan el nivel 4 de alerta por la pandemia, relación que será revisada y actualizada cada siete días.

Esta actualización supone que 38 municipios en los que se estaban aplicando este régimen reforzado abandonan esta situación, mientras que diez nuevos se incorporan a la misma, de acuerdo con los criterios establecidos por la autoridad sanitaria autonómica.

Dichos indicadores epidemiológicos valoran una incidencia acumulada en los últimos siete días igual o superior a 1.500 casos por cada 100.000 habitantes, número de casos igual o mayor a diez en los últimos catorce días y la relación entre incidencia acumulada a 7-14 días igual o mayor a 0,45, con la finalidad de contener la transmisión comunitaria de la pandemia y reducir la presión asistencial sanitaria.

El Acuerdo que recoge la nueva relación municipal será publicado mañana en el Boletín Oficial de Comunidad, con vigencia desde las seis de la tarde de ese mismo domingo, 7 de febrero.

La entrada en vigor de este régimen preventivo extraordinario supone que, en los términos municipales afectados, además de las medidas sanitarias preventivas ordinarias recogidas por el Acuerdo 76/2020 y aquellas otras excepcionales prorrogadas a través del Acuerdo 8/2021 de la Junta de Castilla y León, habrá que cumplir con las nuevas restricciones establecidas para la contención de la pandemia.

Estas medidas ahora implementadas tienen como finalidad contener la transmisión comunitaria de la infección por el nuevo coronavirus SARS-CoV-2 y reducir la presión asistencial sobre los centros sanitarios de referencia de estas poblaciones, para lo que se concretan, por un lado, en un aumento de las actividades y establecimientos cuyas apertura se suspende y, por otro, en el establecimiento de una horario máximo de cierre, a las seis de la tarde, para los establecimientos, servicios y actividades cuya actividad no se suspende, con las excepciones descritas de aquellos que, por su carácter esencial, han de mantener sus horarios de apertura.

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