LOCAL

La modificación de la ordenanza cívica fija de las 23 a las 8 horas el riego de plantas en los balcones y terrazas

La normativa municipal establece sanciones que van desde los 750 euros a los 3.000 euros

El equipo de gobierno del PSOE e IU en el Ayuntamiento de Benavente lleva al Pleno de este viernes varias modificaciones de la ordenanza cívica que regula gran cantidad de actuaciones y comportamientos relacionados con el medio ambiente en general y con la limpieza vial y la recogida de residuos en particular.

En la sesión plenaria convocada con caracter ordinario, a las 10:00 horas del viernes 26 de noviembre, se modificará la ordenanza cívica, con entrada en vigor desde 2012, con el fin de adecuar el Reglamento Municipal sobre limpieza de las vías públicas y recogida de residuos sólidos urbanos para actualizar su contenido.

De este modo se adecúan varias disposiciones como las relativas a la fijación de un horario comprendido entre las 23:00 y las 08:00 horas para el riego de plantas colocadas en balcones y terrazas. Textualmente se ha redactado así: «El riego de plantas colocadas en balcones y terrazas, solo se permitirá entre las 23 y las 8 horas. En todo caso la persona que realice estas operaciones está obligada a procurar que el agua no se vierta a la vía pública«. Del mismo modo, se señala que «no está permitida la instalación de macetas o cualquier otro elemento en las repisas de ventanas o balcones sin la protección adecuada, por el peligro que pueden suponer para transeúntes».

Otras de las modificaciones se refiere a la prohibición de «verter en los contenedores de basura de residuos orgánicos cualquier tipo de residuo que no vaya en bolsas herméticamente cerradas, así como arrojar o depositar cualquier tipo de basura en las vías públicas o en sus accesos, y en los solares o fincas valladas o sin vallar, debiendo utilizarse siempre los contenedores destinados al efecto, con arreglo al horario establecido. De igual manera queda prohibido arrojar residuos desde los vehículos ya sea en marcha o parados».

Las prohibiciones se refieren también a «depositar escombros y toda clase de residuos sólidos urbanos, en cualquier tipo de terrenos del municipio, debiéndose gestionar estos residuos a través de las Plantas autorizadas para la gestión de Residuos de Construcción y Demolición o a través de los Puntos limpios, en caso de tratarse de pequeños residuos de construcción de origen domiciliario. Serán responsables de estos vertidos las personas que lo realicen, y en caso de ser transportados por vehículos, los propietarios de estos. Asimismo, queda terminantemente prohibido depositar escombros, arrojar basuras o efectuar cualquier clase de vertidos en los cauces de los ríos, o en sus márgenes, a su paso por el término municipal».

También entra en el capítulo de prohibiciones: «el abandono de cadáveres de animales de toda especie, en las basuras domiciliarias, en cualquier clase de terrenos, así como arrojarlos por los sumideros o alcantarillas, o enterrarlos o inhumarlos en terrenos de propiedad pública. La sanción por incumplimiento de esta normativa será independiente de las responsabilidades que estén previstas en la normativa de orden sanitario».

Así, una serie de modificaciones relativas al comportamiento ciudadano. El Ayuntamiento establecerá multas por el incumplimiento. «Las infracciones leves serán sancionadas con multa hasta 750 euros. Las infracciones graves serán sancionadas con multa hasta 1.500 euros y las infracciones muy graves serán sancionadas con multa hasta 3.000 euros.

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