SOCIEDAD

Los propietarios de ascensores deberán de adaptarse a la nueva normativa

Los ascensores que no cumplan con la nueva normativa podrían quedar fuera de servicio

A partir del 1 de julio las comunidades de vecinos y edificaciones que posean ascensores deberán de adaptarse a la nueva normativa que entrará en vigor y que ha aprobado el Gobierno de España el pasado día 13 de abril y que está incluida en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En España hay actualmente más de un millón de ascensores en marcha de los que unos 400.000 llevan más de 30 años de servicio y por ello el Gobierno de España ha querido adaptar la normativa vigente en materia de seguridad de ascensores, recogido en el texto titulado «Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 de Ascensores«.

Principalmente la nueva norma va encaminada a una serie de documentación a presentar en aquellos lugares en los que se van a instalar nuevos mecanismos elevadores y por otro lado, a aquellos que ya están en servicio con el fin de ver si responden a las mismas condiciones de seguridad que tenían cuando fueron instalados y posteriores adaptaciones exigidas.

Referente a estos últimos, se girarán, por el organismo correspondiente, inspecciones iniciales, periódicas o de otro tipo para la vigilancia del estado de los elementos estructurales y de seguridad de las unidades, así como su modernización. Además, exigirán a los titulares a cumplir unas series de medidas de seguridad, que si a la entrada en vigor de la nueva normativa no están satisfechas, el ascensor podría quedar fuera de servicio.

Nuevas medidas de seguridad

Esas nuevas medidas de seguridad se basarán en:

  • Protección contra movimientos incontrolados. Se deberán realizar las correspondientes modificaciones con el fin de evitar que la cabina se detenga fuera de la planta.
  • Protección de cierre de puertas automáticas. Deberán incorporar una cortina (puertas) fotoeléctricas como dispositivo de protección.
  • Sustitución de guías. Principalmente afecta a edificios de vieja construcción y estos no han de tener guías de cabina ni contrapeso que incorporen paracaídas, de tipos cilíndrica o de madera.
  • Mejora de la nivelación en cabina. Se realizarán las modificaciones oportunas para garantizar la nivelación del sistema.
  • Comunicación bidireccional en cabina. Deberá de existir una comunicación con un centro de rescate para actuar de forma rápida en caso de que el ascensor sufra un contratiempo.
  • Dispositivos de control de carga y contrapeso. Deberán de incorporar un dispositivo de alarma en el caso de que el peso en cabina se sobrepase del permitido.

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