POLÍTICA

Saldaña rechaza las acusaciones de querer perjudicar a Benavente con sus recursos contra la desestimación de reclamaciones

El portavoz de Ciudadanos replica a la concejala de Hacienda y al portavoz de IU

El concejal portavoz del grupo municipal Ciudadanos en el Ayuntamiento de Benavente, Jesús María Saldaña, ha querido salir a la palestra pública rechazando las acusaciones proferidas por la concejala de Hacienda y del portavoz de IU sobre sus recursos ante la desestimación de alegaciones a las modificaciones presupuestarias. Tanto Patricia Martín como Manuel Burón han acusado a Saldaña de querer perjudicar a Benavente con los recursos y hacer peligrar inversiones en la ciudad. Nada más lejos de la realidad, señala el portavoz de Ciudadanos rechazando de plano las acusaciones advirtiendo, además, que le asiste el derecho para intervenir en los procedimientos.

Tras realizar un repaso por la cronología de los hechos, Saldaña considera que «el alcalde resuelve lo que no le corresponde ya que el recurso iba presentado al Pleno y éste no lo ha visto ni se lo ha enviado, lo ha confiscado, porque en Benavente la Ley es lo que diga el alcalde». De igual modo, rechazó las acusaciones de Burón por acusarle de ser «el que más ha perjudicado a Benavente en menos tiempo». A este respecto le recuerda Saldaña que en su día tuvo algo que ver con con la implantación del Centro de Transportes en la ciudad, que ha supuesto algunos beneficios para la ciudad. Saldaña le dice a Burón que «sin remontarnos tanto, si hubiese sido tan diligente como usted y hubiese aprobado el Proyecto del Puerta del Noroeste, sin estudiarlo, como usted y los sindicalistas, puede que al terminar (no sabemos cuándo y para qué, las obras de urbanización) despilfarrando más de 12 millones de euros tendrían que buscar más de 30 para rellenar las parcelas, o transformarlas en lagos artificiales».

Antecedentes

Los antecedentes se originan el 7 de julio del pasado año cuando se aprobaron inicialmente unas modificaciones presupuestarias. Saldaña presentó alegaciones el 3 de agosto y el día 9 se convoca Comisión Informativa que se celebra el día 10, y es el 12 de agosto cuando se celebra un Pleno extraordinario y urgente en el que con los votos de los concejales del equipo de gobierno se rechazan las alegaciones, por lo que se aprueban definitamente las modificaciones presupuestarias 10 y 11. Tras la publicación en el BOP de la aprobación definitiva, es con fecha 6 de septiembre cuando el portavoz de Ciudadanos presenta tres Recursos Potestativos de Reposición contra la desestimación de las reclamaciones a los expedientes de modificación de créditos 10 y 11 y contra el decreto de alcaldía por el que se acuerda la desestimación del Recurso Potestativo de Reposición contra el Pleno de 12 de agosto. Saldaña señala en el Recurso Potestativo que «no es admisible la consideración de urgencia de la Comisión de Hacienda y Fiestas del 10 de agosto y la del Pleno del 12 de agosto».

A este respecto señala Saldaña que «sin la consideración de urgente, la Comisión se habría celebrado el viernes 12 y el Pleno el miércoles 17 de agosto, con lo que hasta fin de año el equipo de gobierno dispondría de 136 días para ejecutar las actuaciones urgentes previstas, en vez de 141 que ha conseguido». Se basa Saldaña en l art.79 del ROF que dice literal: Son sesiones exaordinaria urgentes las convocadas cuando la urgencia del asuntos o asuntos a tratar no permite convocar la sesión extraordinara con la antelación mínima de dos dñias hábiles exigida por la Ley«

Una de las modificaciones presupuestarias, la número 11 se trata del acondicionamiento de la plaza Mayor por importe de 45.000 euros. A este respecto señala Saldaña en su recurso que esta inversión no está subvencionada, que no tiene fijado el plazo de finalización. No se justifica la urgencia. Del mismo modo la aplicación relativa al Plan de mejora de edificios culturales, la relativa al programa de Turismo o la de vehículos de administración general.

Más aún, para Saldaña el acuerdo del Pleno aprobando la urgencia del mismo no es conforme con lo dispuesto en el art.79 del ROF. «No se puede admitir como válida la justificación de la urgencia y en consecuencia no se justifica el incumplimiento del art. 134.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF).

Jesús María Saldaña señala del concejal Burón que «no merece ni un minuto» y a la concejala de Hacienda, Patricia Martín, le espeta con ironía que «siga leyendo improperios y recitando todos los días las múltiples cualidades de este gobierno sin par»

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