El Ayuntamiento de Villanueva de las Peras ha aprobado una ordenanza reguladora de caminos con el fin de establecer un regimen jurídico municipal para el reconocimiento, la creación, delimitación, gestión y protección administrativa de los caminos rurales, así como definir el ejercicio de los usos compatibles con ellos y los derechos y obligaciones de los usuarios.
La normativa que ha entrado en vigor este lunes con su publicación definitiva en el Boletin de la Provincia tras no contar con alegaciones, obliga a la circulación de los vehículos ateniéndose a las normas de Tráfico, así como se prohíbe de forma general el tránsito de vehículos de más de 30 toneladas y en época de lluvias o de nieve se podrá prohibir la circulación con un peso superior a 10 toneladas brutas con el fin de que no se deteriore el firme de las vías.
En la normativa reguladora se detallan los usos y obligaciones, así como se hace hincapié en las plantaciones en fincas colindantes con los caminos rurales para las que se ha de solicitar permiso al ayuntamiento cuando la distancia en la que se pretenda efectuar la plantación sea inferior a 5 metros desde la arista exterior del camino. Se regulan los acceos a las fincas, los desagües, el riego de parcelas colindantes a las vías, etc.
La ordenanza reguladora establece sanciones por el incumplimiento que van desde las calificadas cono leves hasta las muy graves, desde los 100 euros a los 3.000 euros.