LOCAL

Benavente reclasifica los puestos municipales de Secretaría y de Intervención

La alcaldía se dirige a los Colegios Oficiales para intentar que la plaza se cubra cuanto antes

En la próxima sesión plenaria del Ayuntamiento de Benavente, a celebrar el 30 de noviembre, se aprobará la propuesta de la alcaldía de reclasificar dos puestos vitales en la actividad municipal, como son los de Secretaría y de Intervención.

Se trata de asignar las plazas de Secretaría y de Intervención existentes de clase superior en clase entrada, cuyo puesto está reservado a funcionarios pertenecientes a la Subescala categoría de entrada.

El Ayuntamiento de Benavente se encuentra ahora mismo sin Interventor y la plaza de Secretaría se está desempeñando en Comisión de Servicios. La alcaldesa, Beatriz Asensio, ha comunicado la vacante a los colegios oficiales de distintas provincias con el fin de intentar que se cubra la plaza cuanto antes. «Habiendo quedado vacante la plaza de Intervención de clase de primera, del Ayuntamiento de Benavente,eExiste urgencia en la necesidad de cubrir la plaza en tiempo y forma sin acudir a la figura de la interinidad, entendiendo el nombramiento por funcionario Habilitado preferente y más adecuado a las funciones de responsabilidad a realizar en este puesto de trabajo», refiere la alcaldesa.

El artículo 49 del RD 128/2018 de 16 de marzo que regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con Habilitación de Carácter nacional, establece que las Comunidades Autónomas podrán efectuar nombramientos provisionales a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional para los puestos vacantes a ellos reservados, previa solicitud de la Corporación Local correspondiente y conformidad del funcionario interesado, o bien previa solicitud del funcionario interesado y la conformidad de la Corporación Local.

Por ello, desde la alcaldía se da traslado al Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Valladolid para su difusión entre sus colegiados y, en su caso, «informe sobre si existe conocimiento de que algún funcionario que estuviere interesado en la acumulación de funciones con las propias de la plaza de la que sea titular».

Con la reclasificación se ha de proceder a la correspondiente modificación de la relación de puesto de trabajo del personal funcionario del Ayuntamiento, no así de la plantilla de personal en cuanto que los emolumentos permanecen inalterados, para adaptarla a la nueva clasificación.

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