
La Dirección General de Centros e Infraestructuras de la Consejería de Educación de la Junta ha resuelto la ratio mínima de alumnado por unidad escolar en los centros de titularidad pública de entidades locales u otras corporaciones públicas y centros de titularidad privada adheridos a la oferta gratuita de plazas en el primer ciclo de Educación Infantil, para el curso escolar 2024-2025 en la Comunidad de Castilla y León.
En el BOCyL de este miércoles 8 de mayo se publica la Resolución de la Consejería de Educación.
Ratio mínima de alumnado
1. La ratio mínima de alumnado por unidad escolar, incluidas las unidades mixtas, en los centros de titularidad pública de entidades locales u otras corporaciones públicas y centros de titularidad privada adheridos a la oferta gratuita de plazas en el primer ciclo de Educación Infantil para el curso escolar 2024-2025 en la Comunidad de Castilla y León, será la que se detalla en el anexo de la presente resolución.
2. La ratio mínima de alumnado por unidad escolar se diferencia por tramos de población y curso de la siguiente forma:
- a) Localidades de más de 36.000 habitantes: 3 alumnos (1º curso); 7 alumnos (2º curso y unidad mixta); 12 alumnos (3º curso).
- b) Localidades de más de 20.000 habitantes y hasta 36.000 habitantes: 3 alumnos (1º curso); 6 alumnos (2º curso y unidad mixta); 10 alumnos (3º curso).
- c) Localidades de más 10.000 y hasta 20.000 habitantes: 3 alumnos (1º curso); 5 alumnos (2º curso y unidad mixta); 9 alumnos (3º curso).
- d) Localidades de más de 5.000 y hasta 10.000 habitantes: 3 alumnos (1º curso); 4 alumnos (2º curso y unidad mixta); 6 alumnos (3º curso).
- e) El resto de las localidades de la Comunidad de Castilla y León: 3 alumnos (1º curso); 3 alumnos (2º curso y unidad mixta); 4 alumnos (3º curso).