
El sector del metal está introduciendo en distintos convenios colectivos provinciales límites a los complementos salariales que algunas empresas abonan durante las bajas médicas por enfermedad común. Se trata de mejoras negociadas sobre la prestación legal por incapacidad temporal, no de una eliminación general de esta prestación.
La patronal Confemetal vincula los cambios al aumento de las ausencias laborales y de su coste económico. Según su análisis, los nuevos acuerdos incluyen límites de duración y condiciones distintas en función de la reiteración de las bajas.
Qué cambian los convenios del metal
Una de las fórmulas consiste en acortar el periodo durante el cual la empresa completa la prestación pública hasta alcanzar el salario íntegro, con topes de entre 100 y 200 días en determinados convenios. Otros acuerdos modifican las condiciones según el número de bajas de un trabajador a lo largo del año.
En el convenio del comercio del metal de Burgos, por ejemplo, la primera baja por enfermedad común recibe complemento hasta alcanzar el 100 % durante 20 días; para una segunda baja ese periodo se reduce a 10 días, mientras que una tercera deja de contar con esa mejora, según los datos difundidos por la patronal.
Las cifras que presenta la patronal
Confemetal estima que más de 140.000 personas faltan diariamente al trabajo en el sector y calcula en 2.870 millones de euros el coste de las ausencias por enfermedades comunes en 2024, un 90,6 % más que en 2021. Son cifras aportadas por la organización empresarial, que defiende cambios en la negociación colectiva.
¿Se aplica a los trabajadores de Zamora?
Los cambios citados no se aplican automáticamente en Zamora ni en toda Castilla y León. Las condiciones dependen del convenio colectivo vigente para cada actividad y provincia. Antes de concluir que un trabajador pierde un complemento es necesario consultar qué convenio le corresponde y qué dispone sobre incapacidad temporal.
Las nuevas limitaciones deben distinguirse de los derechos que reconoce la legislación de Seguridad Social. Además, los supuestos de accidente laboral, enfermedad profesional y otras ausencias protegidas pueden contar con tratamientos específicos.






