COMARCA

Morales de Rey contratará un nuevo alguacil

El Ayuntamiento aprueba las Bases de la convocatoria fijando un plazo de 20 días para presentar solicitudes

El municipio de Morales de Rey contará con un nuevo operario de servicios múltiples debido a la jubilación del empleado municipal. Tras la aprobación de la oferta de empleo público, como ya adelantó a finales del mes de marzo Benavente Digital y Televisión Benavente, el Ayuntamiento aprueba ahora las Bases de la convocatoria para hacerse con el puesto fijando un plazo de presentación de solicitudes de 20 días.

El carácter del contrato es indefinido y en régimen de dedicación a jornada completa, 40 horas semanales, de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. La jornada laboral, por razones del servicio, se realizará de lunes a domingo, con flexibilidad horaria, siendo aplicable el artículo 34 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en sus apartados (2), (3), (4), jornada irregular, condicionada a los servicios de temporada (mayor jornada primavera y verano y reducida en invierno y otoño).

El régimen de descanso semanal, horarios de trabajo, vacaciones y licencias, se estará a la programación del servicio y necesidades del mismo. La masa salarial será la que establezca el Ayuntamiento, mediante acuerdo plenario, incluyendo dos pagas extraordinarias. Dicha masa salarial, se incrementará anualmente, de acuerdo con el incremento retributivo que se apruebe cada año, en la Ley General del Presupuesto de la Administración del Estado, para los funcionarios, todo ello condicionado a los cambios normativos que puedan establecerse en el futuro.

Funciones encomendadas:

El puesto de trabajo está adscrito a los servicios generales del ayuntamiento y las funciones que tiene encomendadas son las propias del puesto de operario de servicios múltiples, siendo estas, a título meramente enunciativo, las siguientes:

1. Con carácter general, la realización de obras de reparación, mantenimiento y conservación de infraestructuras municipales tales como, alumbrado público, saneamiento, alcantarillado, cementerio, parques y jardines y demás espacios públicos, así como de edificios municipales e instalaciones munici pales, utilizando para ello los medios mecánicos, herramientas y vehículos que se pongan a su disposición.

2. Vigilancia, control, limpieza y mantenimiento de los distintos servicios: Agua y alcantarillado (redes, sumideros, depósitos de abastecimiento etc), así como la lectura de contadores medidores del consumo agua, dando cuenta al Ayuntamiento, y cloración agua abastecimiento municipal.

3. Limpieza de vías públicas, cuidado y arreglo de parques y jardines así como de otros espacios público y zonas de ocio, lo que conlleva pequeñas reparaciones en ellos, en el mobiliario urbano municipal y en el alumbrado público.

4. Apertura y cierre de dependencias municipales bajo la dirección de la Alcaldía, así como la vigilancia de las mismas, custodia y control de llaves de servicios, edificios, locales y dependencias municipales.

5. Efectuar avisos, notificaciones, requerimientos, citaciones y similares que le sean encargados por el Ayuntamiento, así como fijación de bandos, edictos y anuncios en los tablones de edictos y lugares de costumbre en el municipio.

6. Control, manejo, conducción y mantenimiento de vehículos y herramientas municipales, así como la dirección de trabajos, bajo las órdenes de la Alcaldía, de trabajadores temporales del Ayuntamiento.

7. Traslado, recepción, entrega y recogida de objetos y documentos relacionados con el Ayuntamiento dentro y fuera del término municipal, así como trabajos ocasionales colaborando en situaciones de catástrofe, calamidad pública, incendios, etc.

8. Obras e instalaciones, reparaciones, mantenimiento y conservación que le sean encomendadas, conforme a su categoría profesional, que no requieran una especial cualificación, así como el apoyo a los especialistas en sus trabajos.

9. Colaborar y prestar ayuda en la organización de festejos, actividades culturales y deportivas, reuniones y actos que sean competencia del Ayuntamiento.

10. Apertura y cierre punto limpio, mantenimiento adecuado de las instalaciones y comunicación recogida de contenedores.

11. Apertura y cierre cementerios municipales, así como limpieza y mantenimiento de los mismos.

12. Comunicar al Ayuntamiento cualquier situación que pueda ocasionar un mal funcionamiento de los servicios públicos.

13. Cualquier otro servicio complementario de los anteriores, que le sea encomendado por la Alcaldía, para el normal y eficaz funcionamiento de los servicios que deba de prestar el Ayuntamiento, siempre y cuando sean adecuados al nivel de conocimientos exigidos para el puesto.

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