
El BOCYL de este martes 10 de junio publica la Orden de la Consejería de Movilidad y Transformación Digital por la que se establecen las condiciones para la aplicación de la regla general de gratuidad del transporte público regular de uso general de viajeros por carretera en las concesiones titularidad de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Esta misma Orden fija las fechas de implantación, el título de transporte y las condiciones para acceder a la bonificación prevista para todas las personas empadronadas en Castilla y León, mediante el uso de la tarjeta de transporte «Buscyl».
Fechas de implantación
Desde el 1 de septiembre 2025 se implantará la gratuidad del transporte público regular y de uso general de viajeros en Castilla y León en todo el transporte metropolitano para todas las personas empadronadas.
Para el resto de transporte interurbano público regular y de uso general de viajeros en Castilla y León, se implantará progresivamente la gratuidad, desde el 1 de septiembre de 2025.
Título de transporte
El título de transporte objeto de bonificación, que se incorporará en la tarjeta de transporte Buscyl, permitirá a todas las personas empadronadas en Castilla y León hacer uso de la gratuidad en el transporte público regular y de uso general de viajeros en las concesiones titularidad de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Condiciones para acceder a la gratuidad del transporte
Podrán acceder al título de gratuidad incluido en la tarjeta de transporte «Buscyl» las personas empadronadas en Castilla y León.
La tarjeta de transporte se podrá solicitar a través de la aplicación web www.buscyl.es, que estará disponible en https://carreterasytransportes.jcyl.es o en las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y, en todo caso, en cualquiera de los registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El solicitante deberá facilitar los datos necesarios para su expedición, y acompañarán a la solicitud DNI/NIE del solicitante así como el certificado acreditativo de estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Castilla y León.
En el caso de menores de edad, la tarjeta de transporte deberá solicitarse por el padre, madre o tutor legal, y acompañarán a la solicitud DNI/NIE del padre, madre o tutor, DNI/NIE del menor para el que se solicita la tarjeta y el certificado acreditativo de que el menor está empadronado en un municipio de la Comunidad de Castilla y León. En el caso de menores de 14 años que no dispongan de DNI/NIE, acompañará a la solicitud el libro de familia o certificado de nacimiento, que sustituirá la presentación del DNI/NIE y del certificado de empadronamiento.
La emisión de la tarjeta se realizará por la Consejería competente en materia de transportes, una vez recibida la solicitud y previa comprobación de los requisitos exigidos.