LOCAL

El Tesorero del Ayuntamiento de Benavente recuerda al equipo de gobierno que está incumpliendo la legalidad en la gestión tributaria

La Junta de Gobierno Local celebrada el pasado día 20, recoge la aprobación de las tasas de agua, basura, depuración y alcantarillado y el recordatorio del Tesorero municipal sobre incumplimientos normativos

Los informes remitidos por el Tesorero al alcalde, años 2021 y 2022, siguen sin cumplirse.

En el acta de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Benavente, celebrada el pasado día 20 de enero, se aprobó el padrón de las tasas de agua, basura, depuración y alcantarillado del cuarto trimestre del 2022.

En esta acta se recoge que el Tesorero municipal emitió informe el 11 de enero del 2021 relativo al incumplimiento normativo en la gestión tributaria en la gestión de las tasas por la prestación de los servicios del agua, basura, alcantarillado y depuración y que a día de la fecha, “siguen sin cumplirse sus recomendaciones y exigencia legal”.

El padrón del agua contiene 12.683 recibos, por un importe de 649.143 euros, de los cuales 247.249 euros corresponden a ingresos por la tasa del agua, 184.742 euros a la de basura, 62.801 euros a la de alcantarillado y 112.111 euros de depuración. Cuyo período de pago en voluntario será del 23 de enero al 24 de marzo y el 6 de febrero girará los recibos el Ayuntamiento a aquellos vecinos que los tengan domiciliados.

PRINCIPALES ANOMALÍAS DETECTADAS POR LA TESORERÍA MUNICIPAL E INFORMADAS AL AYUNTAMIENTO.

  1. ANOMALÍAS RELATIVAS AL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS. TASA POR EXPEDICIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS.

No se giran liquidaciones definitivas del impuesto una vez finalizadas las obras al no realizarse comprobaciones a posteriori con el fin de determinar el coste real y efectivo.

En 2021 se giraron liquidaciones provisionales antes de que se otorgase licencia, cuando la misma es preceptiva, en contra del criterio de la Tesorería municipal e incumpliendo el artículo 103 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.

2. ANOMALÍAS RELATIVAS A TASAS POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE AGUA, BASURA, ALCANTARILLADO Y DEPURACIÓN.

El padrón de esta tasa no recoge únicamente propietarios, mezclándose propietarios e inquilinos, incumpliendo la legalidad, lo que conlleva la interposición de numerosos recursos por los afectados, que tienen que ser estimados en todos los casos, produciéndose agravios comparativos y el aumento de los costes para el Ayuntamiento.

3. ANOMALÍAS RELATIVAS A PRECIOS PÚBLICOS POR INSCRIPCIONES A ACTIVIDADES, CURSOS Y SERVICIOS RECREATIVOS, DEPORTIVOS, CULTURALES, ETC…

Irregularidades cometidas por el Ayuntamiento en relación a inscritos en actividades o cursos, al anular liquidaciones por no asistencia.

Por Ley las devoluciones deben realizarse cuando las casas de no darse el servicio sean imputables al Ayuntamiento.

Las devoluciones se han realizado por Decreto de Alcaldía, sin conocimiento previo de la Tesorería Municipal.

4. ANOMALÍAS POR INGRESOS RESULTANTES DE ESPECTÁCULOS MUSICALES, TEATRALES, ETC..

El Ayuntamiento ha llevado a cabo contratos con artistas, empresas o compañías de artistas, que perciben un precio fijo por su actuación y, además, se les entrega la totalidad de lo recaudado en taquilla, presentando factura por la parte fija del precio, pero no por lo recaudado en taquilla. Este pago lo hace el Ayuntamiento de forma “extrapresupuestaria”.

5. ANOMALÍAS ORDENANZA TASA ORA

El Tesorero emitió diferentes informes exponiendo la necesidad de modificación de la Ordenanza, a estarse produciendo “exenciones encubiertas” de la tasa, no previstas legalmente, incumpliendo la TRLRHL.

6. ANOMALÍAS EN TASA POR EL USO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS

La utilización de las instalaciones municipales por los Clubs Deportivos no está contemplada en la Ordenanza Municipal, pero se hace por Decreto de Alcaldía, incumpliendo la Ordenanza en vigor. Deberían satisfacerla como el resto de ciudadanos.

7. ANOMALÍAS ORDENANZAS REGULADORAS DE TASAS CONTEMPLAN EXENCIONES, REDUCCIONES O BONIFICACIONES NO VINCULADAS A PRINCIPIO DE CAPACIDAD ECONÓMICA.

Bonificación del 60% de la cuota en ocupaciones sujetas al régimen jurídico especial de autorización aplicable a las vías públicas de tránsito rodado que se transformen, por decisión municipal, en peatonales los fines de semana y días festivos.

Exención de la tasa por tenencia a los adoptantes de perros.

Exención de la tasa en el servicio de transporte público.

El informe de la Tesorería Municipal concluye que aquellos beneficios fiscales sobre tasas que no estén vinculados a un índice o circunstancia demostrativos de una baja capacidad económica, deberían ser eliminados.

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